El certificado de discapacidad es un documento oficial que valida la existencia de una discapacidad mediante una valoración clínica multidisciplinaria. Esta certificación se basa en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF) y sirve para identificar deficiencias en funciones corporales, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación de la persona evaluada. El proceso de certificación es esencial para la rehabilitación y el acceso a servicios y derechos, ya que los datos obtenidos se registran en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD). Este registro ayuda a formular políticas públicas y asignar recursos adecuados para este grupo poblacional.
Actualización Normativa
Recientemente, el Ministerio de Salud ha actualizado los lineamientos para la expedición del certificado de discapacidad mediante la Resolución 1197 de 2024. Esta normativa se basa en leyes colombianas y convenios internacionales, como la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (aprobada en 2002). La actualización establece directrices para secretarías de salud en todos los niveles, entidades promotoras de salud, prestadores de servicios y personas interesadas en el procedimiento.
Proceso de Solicitud del Certificado de Discapacidad
Paso 1: Evaluación Médica y Solicitud de Historia Clínica
Primero, acude a la cita médica en la IPS asignada para determinar los ajustes razonables y la viabilidad de la valoración, que puede ser domiciliaria (en tu lugar de residencia) o institucional (en la IPS). Si ya tienes la historia clínica, pasa al siguiente paso. De lo contrario, solicita una copia al médico tratante.
Paso 2: Obtener y Presentar la Historia Clínica
Asegúrate de tener una copia de la historia clínica que incluya los diagnósticos de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente y sus soportes diagnósticos. Luego, presenta esta documentación ante la Secretaría de Salud municipal.
Paso 3: Revisión y Generación de Orden
La Secretaría de Salud revisará la documentación. Si cumple con los requisitos, se generará una orden para el procedimiento de certificación y se asignará una IPS. Si no cumple, se te proporcionarán las indicaciones necesarias para corregir la documentación.
Paso 4: Confirmación de la Cita
Mantente atento a la comunicación de la Secretaría de Salud o la IPS para la confirmación de la cita.
Paso 5: Realización de la Valoración
Asiste a la cita programada para la valoración clínica multidisciplinaria. La IPS utilizará la historia clínica y soportes diagnósticos enviados previamente por la Secretaría de Salud.
Aspectos Importantes
La Resolución 1197 de 2024 introduce cambios significativos. El procedimiento es gratuito para el solicitante y puede realizarse en modalidad intramural (institucional), extramural (domiciliaria o jornadas de salud), o mediante telemedicina. Además, el proceso está financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación, y los prestadores de servicios deben estar autorizados por las secretarías de salud, cumplir con criterios específicos y contar con un equipo multidisciplinario registrado.
Las actualizaciones también indican que el procedimiento debe incluir apoyos y ajustes razonables según lo establecido por el médico tratante. Los prestadores deben realizar al menos diez valoraciones por semana, y cada una debe durar al menos 40 minutos.
Las secretarías de salud deben informar semestralmente sobre los prestadores autorizados y garantizar que la información se registre adecuadamente en el RLCPD, que es clave para apoyar la formulación y seguimiento de políticas públicas destinadas a garantizar los derechos de las personas con discapacidad.
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