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El Ministerio de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales y en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 100 de 1993, ha emitido la Circular Externa No. 048 de 2025. Este documento administrativo tiene como propósito establecer los montos actualizados de las cuotas moderadoras y copagos que regirán en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) a partir del 1 de enero de 2026.
Marco Normativo y la Unidad de Valor Básico (UVB)
De acuerdo con el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023, se implementó la Unidad de Valor Básico (UVB) como el instrumento oficial para la indexación de tarifas, cobros y valores anteriormente expresados en salarios mínimos o UVT. Este cambio técnico busca desvincular los costos de salud del salario mínimo, promoviendo una mayor equidad y estabilidad financiera dentro del sistema.
Mediante la Resolución 3488 de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se fijó el valor de la UVB para el año 2026 en doce mil ciento diez pesos ($12.110).
1. Régimen Contributivo: Estructura de Pagos 2026
En el régimen contributivo, los pagos se clasifican según el Ingreso Base de Cotización (IBC) del afiliado, medido en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).
A. Cuotas Moderadoras
Estas cuotas tienen la finalidad de regular la demanda de servicios y aplican tanto a cotizantes como a beneficiarios por cada actividad médica realizada.
Rango de Ingreso (SMLMV) | Valor en UVB | Valor en Pesos (2026) | Aproximación |
|---|---|---|---|
Menor a 2 SMLMV | 0.411 | $4.977,21 | $5.000 |
Entre 2 y 5 SMLMV | 1.66 | $20.102,60 | $20.100 |
Mayor a 5 SMLMV | 4.36 | $52.799,60 | $52.800 |
[Fuente: Circular 048 de 2025, ítem 2.1]
B. Copagos (Exclusivo para Beneficiarios)
Los copagos representan una financiación parcial del servicio y se aplican específicamente a los beneficiarios del cotizante.
Rango de Ingreso (SMLMV) | % del Valor del Servicio | Tope Máximo por Evento | Tope Máximo por Año |
|---|---|---|---|
Menor a 2 SMLMV | 11,50% | $373.715 | $748.882 |
Entre 2 y 5 SMLMV | 17,30% | $1.497.644 | $2.995.409 |
Mayor a 5 SMLMV | 23,00% | $2.995.409 | $5.990.696 |
[Fuente: Circular 048 de 2025, ítems 2.2.1 y 2.2.2]
2. Régimen Subsidiado: Topes de Copagos 2026
Es imperativo recordar que en el Régimen Subsidiado no se realiza el cobro de cuotas moderadoras. Los copagos se limitan a un porcentaje máximo del 10% del valor del servicio, sujetos a los siguientes techos financieros:
Concepto de Recaudo | Valor en UVB | Tope en Pesos (Vigencia 2026) |
|---|---|---|
Tope Máximo por Evento | 53,77 | $651.155 |
Tope Máximo por Año Calendario | 107,54 | $1.302.309 |
[Fuente: Circular 048 de 2025, ítem 3.2.1]
Consideraciones Adicionales
- Definición de "Evento": Se entiende como el conjunto de servicios de salud derivados de una misma patología o tratamiento; por ejemplo, el proceso integral desde el diagnóstico de una fractura hasta su fase final de rehabilitación.
- Vigencia: Las tarifas aquí expuestas son de obligatorio cumplimiento para todas las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Prestadores de Servicios de Salud a partir del primer día del año 2026.
- Criterio de Aproximación: Conforme a la Ley 2294 de 2023, si el valor indexado no resulta en un número entero, se debe aproximar a la cifra con dos decimales más cercana.
Para una consulta detallada sobre las actividades específicas sujetas a estos cobros, se remite a los interesados al Acuerdo 260 de 2004, cuyos artículos sobre la materia permanecen vigentes bajo la nueva indexación en UVB.
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