Emssanar EPS elimina autorizaciones para pacientes de la cohorte oncológica, garantizando atención más ágil y oportuna

En cumplimiento de la Circular 019 de mayo de 2025, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud, Emssanar EPS anuncia la eliminación del requisito de autorización para la Atención Integral del Cáncer Infantil y del Cáncer en adultos con diagnóstico confirmado.

Esta medida tiene como objetivo agilizar los procesos de atención y reducir las barreras administrativas para los pacientes oncológicos, permitiendo que accedan de manera directa a consultas clave para su tratamiento y seguimiento.

A partir de la fecha, no será necesaria la autorización para:

  • Consulta de primera vez y de control en oncología.
  • Consulta de primera vez y de control en dolor y cuidados paliativos.
  • Consulta de primera vez y de control en psicología.
  • Consulta de primera vez y de control en nutrición y dietética.
  • Consulta de primera vez y de control en oncología pediátrica.
  • Consulta de primera vez y de control en hematología.
  • Consulta de primera vez y de control en hematología pediátrica.

No obstante, los servicios de salud derivados de estas consultas deberán seguir el proceso de solicitud y autorización establecido actualmente.

Asimismo, para la radicación de las cuentas de cobro, la IPS nodo de oncología deberá adjuntar a la factura la orden médica firmada y sellada por el médico tratante, junto con el soporte de la prestación efectiva del servicio contratado.

Emssanar EPS reitera su compromiso con la salud y bienestar de sus afiliados, fortaleciendo la oportunidad en la atención y garantizando un acompañamiento integral a los pacientes con cáncer y sus familias.

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